¿Por qué confesarse con un sacerdote?

«Yo me confieso directamente con Dios; no necesito contarle mis pecados a un hombre». Es una de las objeciones más frecuentes contra la Iglesia. Pero la confesión no es una invención de los curas: es el sacramento que Cristo mismo instituyó la tarde de su resurrección, para que los pecados cometidos después del bautismo fueran perdonados por medio de los Apóstoles y sus sucesores.

Lo que enseña la Sagrada Escritura

Cristo tiene poder para perdonar los pecados en la tierra

«¿Quién puede perdonar los pecados sino solo Dios?» […] «¡Pues bien! para que sepáis que el Hijo del hombre tiene el poder de remitir los pecados, sobre la tierra…»

San Marcos 2,7.10

Al ver el milagro, dice San Mateo, las muchedumbres «glorificaron a Dios que tal potestad había dado en favor de los hombres» (Mt 9,8). Ya entonces entendieron que ese poder de Dios se ejercía por medio de un hombre.

Cristo dio ese poder a los Apóstoles

De nuevo les dijo: «¡Paz a vosotros! Como mi Padre me envió, así Yo os envío». Y dicho esto, sopló sobre ellos, y les dijo: «Recibid el Espíritu Santo: a quienes perdonareis los pecados, les quedan perdonados; y a quienes se los retuviereis, quedan retenidos».

San Juan 20,21-23

Hay que fijarse en tres cosas:

  • «Como mi Padre me envió, así Yo os envío»: Cristo les transmite la misión que Él recibió, y en ella el poder de perdonar que acababa de demostrar.
  • «Sopló sobre ellos»: es el único lugar del Nuevo Testamento en que Dios «sopla» sobre los hombres, como en la creación de Adán (Gn 2,7). Es un acto creador: nace un poder nuevo.
  • «Perdonar o retener»: los Apóstoles no tienen que perdonar a todos sin más, sino decidir. Y no se puede decidir si perdonar o retener un pecado sin conocerlo. Por eso la confesión debe ser hablada.

El ministerio de la reconciliación

Y todo esto es obra de Dios, quien nos reconcilió consigo por medio de Cristo, y nos ha confiado el ministerio de la reconciliación. […] Somos pues, embajadores (de Dios) en lugar de Cristo, como si Dios exhortase por medio de nosotros.

2 Corintios 5,18.20

Los primeros cristianos confesaban sus pecados

Y un gran número de los que habían abrazado la fe, venían confesándose y manifestando sus obras.

Hechos 19,18

¿Está alguno enfermo entre vosotros? Haga venir a los presbíteros de la Iglesia y oren sobre él […]; y si hubiere cometido pecados, le serán perdonados. Por tanto, confesaos unos a otros los pecados y orad unos por otros para que seáis sanados.

Santiago 5,14-16

Santiago manda llamar a los presbíteros (sacerdotes), y en ese contexto exhorta a confesar los pecados.

Lo que enseñaron los Padres

La Didaché o Doctrina de los doce Apóstoles, escrita probablemente en el siglo I: «En la asamblea confesarás tus pecados, y no te acercarás a la oración con mala conciencia» (4, 14). Y también: «Reunidos cada día del Señor, partid el pan y dad gracias, después de haber confesado vuestros pecados, para que vuestro sacrificio sea puro» (14, 1).

San Cipriano de Cartago (siglo III) exhorta a los que habían renegado de la fe en la persecución: «Que cada uno confiese su delito mientras el que ha pecado está todavía en este mundo, mientras su confesión puede ser admitida, mientras la satisfacción y el perdón hecho por los sacerdotes son agradables ante el Señor» (Sobre los caídos, 29).

San Ambrosio (siglo IV) responde a los herejes novacianos, que negaban que la Iglesia pudiera perdonar ciertos pecados: «¿Por qué bautizáis, si los pecados no pueden ser perdonados por un hombre? En el bautismo se da el perdón de todos los pecados: ¿qué diferencia hay entre que los sacerdotes reclamen para sí este derecho por la penitencia o por el bautismo?» (Sobre la penitencia, I, 8, 36).

Lo que enseña la Iglesia

El IV Concilio de Letrán (1215) mandó a todo fiel con uso de razón confesar todos sus pecados al menos una vez al año a su propio sacerdote (DS 812). Y estableció el sigilo sacramental: el sacerdote que revele un pecado oído en confesión debe ser depuesto y recluido de por vida en un monasterio de estricta penitencia (DS 814). Muchos sacerdotes han muerto antes que romperlo, como San Juan Nepomuceno en Praga (1393).

El Concilio de Trento definió que la penitencia es un verdadero sacramento instituido por Cristo (DS 1701), que las palabras de Jn 20,22-23 se refieren a él (DS 1703), que por derecho divino es necesario confesar todos los pecados mortales de los que uno se acuerde tras un diligente examen (DS 1707), y que la absolución del sacerdote es un acto judicial, no un mero anuncio de que Dios perdona (DS 1709).

Objeciones y respuestas

«Solo Dios puede perdonar los pecados»

Es verdad, y la Iglesia lo enseña. El sacerdote no perdona con un poder propio, sino con el poder de Cristo, como su instrumento. Lo mismo ocurre en el bautismo: es Dios quien perdona los pecados, pero lo hace por medio del hombre que derrama el agua. Dios es libre de elegir los medios por los que quiere darnos su gracia, y eligió hombres: «a quienes perdonareis los pecados, les quedan perdonados».

«La Biblia dice que confesemos nuestros pecados a Dios (1 Juan 1,9)»

Si confesamos nuestros pecados, Él es fiel y justo para perdonarnos los pecados, y limpiarnos de toda iniquidad.

1 San Juan 1,9

Naturalmente, todo pecado se confiesa a Dios, que es el ofendido. La cuestión es cómo quiso Dios que lo hiciéramos, y Cristo lo estableció en Jn 20,22-23. Los católicos confiesan sus pecados a Dios en el sacramento, por medio del sacerdote que Él mismo puso. Además, el texto de San Juan habla en plural («si confesamos»), en una carta dirigida a la comunidad, igual que Santiago: «confesaos unos a otros» (Sant 5,16).

«¿Por qué decirle mis pecados a un hombre que también es pecador?»

Porque el poder de perdonar no depende de la santidad del sacerdote, sino de Cristo, que actúa por él. También los Apóstoles eran pecadores, y precisamente a ellos les dio este poder. Por otra parte, la confesión tiene una profunda sabiduría humana: nombrar el propio pecado en voz alta nos obliga a reconocerlo sin excusas, nos humilla saludablemente, y oír «yo te absuelvo» da al penitente la certeza del perdón que ninguna oración privada puede darle.

«¿Y si uno no puede confesarse?»

La Iglesia enseña que la contrición perfecta, es decir, el dolor de los pecados por amor a Dios sobre todas las cosas, perdona los pecados mortales incluso antes de la confesión, si incluye el propósito de confesarse cuando sea posible (Trento, DS 1677). Es la gran esperanza de quien está en peligro de muerte sin sacerdote. Pero quien puede confesarse y desprecia el sacramento no tiene verdadera contrición, porque no quiere lo que Dios quiere.

En resumen

  • Cristo tenía poder para perdonar pecados en la tierra y lo dio a los Apóstoles la tarde de su resurrección (Jn 20,21-23).
  • El poder de «perdonar o retener» exige conocer los pecados, y por eso la confesión es hablada.
  • Los cristianos confesaban sus pecados desde el siglo I (Hch 19,18; Sant 5,16; Didaché).
  • El sacerdote perdona en nombre y con el poder de Cristo, y está obligado al sigilo absoluto.
  • Trento definió la penitencia como sacramento instituido por Cristo y la confesión de los pecados mortales como necesaria por derecho divino.

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Las citas bíblicas siguen la traducción de Mons. Johannes Straubinger. DS = Denzinger-Schönmetzer, Enchiridion symbolorum.